La magistrada Laura Beatriz de Marinis dictó el sobreseimiento de un adolescente acusado de tentativa de robo ponderando su situación de vulnerabilidad. El fiscal general adjunto Eduardo Riggi cuestionó duramente la resolución y pidió a la Cámara una rápida revisión.
La decisión de una jueza penal juvenil de la Ciudad de Buenos Aires de sobreseer a un menor de 14 años imputado por tentativa de robo y declarar la inconstitucionalidad de un artículo clave de la nueva Ley de Menores desató un fuerte cortocircuito con el Ministerio Público Fiscal, que ya formalizó la apelación correspondiente.
El fallo fue emitido por la jueza Laura Beatriz de Marinis, titular del juzgado penal juvenil, contravencional y de faltas N° 3, quien resolvió apartarse de la normativa vigente al considerar que en casos de delitos menores debe priorizarse la protección de derechos por sobre la persecución penal. Para fundamentar su medida, la magistrada declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 27.801 —que fijó en 14 años la edad mínima de punibilidad— y optó por aplicar el régimen anterior previsto en la Ley 22.278, valorando la situación de vulnerabilidad del adolescente, el grado de tentativa del ilícito y la ausencia de lesiones a la víctima.
Ante esta resolución, el fiscal general adjunto en lo Penal y Contravencional, Eduardo Riggi, cuestionó duramente los argumentos del fallo y confirmó que la Fiscalía interpuso un recurso de apelación con el objetivo de que la Cámara trate el planteo a la brevedad. En declaraciones radiales, Riggi señaló que detectaron una «debilidad enorme» en la argumentación de la sentencia y enumeró al menos siete puntos jurídicos para rebatirla. Si bien reconoció la facultad constitucional de los jueces para declarar la inconstitucionalidad de una norma, recordó la doctrina de la Corte Suprema que califica dicha medida como un acto de extrema gravedad al que solo debe recurrirse como última alternativa cuando no queda ninguna otra salida legal.
El contrapunto técnico y jurídico abre un nuevo debate en torno a los criterios de aplicación de los regímenes penales juveniles en el ámbito porteño.
