A través del Boletín Oficial, se oficializaron los cambios a la Ley 27.804. Las provincias ahora tendrán facultad para definir qué áreas preservar y se limitó el resguardo de los glaciares de escombros.
Este viernes a la madrugada, el Gobierno nacional promulgó la reforma de la Ley de Glaciares, sancionada por el Congreso el pasado 8 de abril. La nueva normativa introduce cambios sustanciales en el régimen de protección ambiental con el objetivo de fomentar inversiones productivas y extractivas en zonas de alta montaña.
La reforma modifica la ley original de 2010 al redefinir el alcance de la protección sobre los ambientes periglaciares. A partir de ahora, las provincias tendrán la facultad de establecer criterios propios para determinar qué cuerpos de hielo serán preservados, respondiendo a un histórico reclamo de los distritos mineros. Uno de los puntos más polémicos es la nueva clasificación de los Glaciares de Escombros (GdE): solo serán protegidos estrictamente aquellos que posean una «función hídrica comprobada o relevante». Este cambio habilitará la posibilidad de autorizar actividades mineras en sectores que antes estaban vedados por la legislación. Aunque el oficialismo defiende la medida como un impulso a la productividad, especialistas y organizaciones ambientales advierten sobre los riesgos para las reservas estratégicas de agua dulce del país.
Las modificaciones ya rigen en todo el territorio nacional, abriendo una nueva etapa para el desarrollo de proyectos de inversión en las cuencas hidrográficas.
