El Ministerio de Salud de la Nación publicó el procedimiento que permite facturar los servicios médicos a aseguradoras o exigir el pago previo a pacientes no residentes.
A partir de este martes, los hospitales administrados por el Estado Nacional contarán con las pautas reglamentadas para arancelar las prestaciones médicas brindadas a ciudadanos extranjeros que no acrediten residencia en el país.
La resolución emitida por el Ministerio de Salud reglamentó los aspectos operativos contemplados en el Decreto de Necesidad y Urgencia 366 impulsado el año pasado. El marco reglamentario establece que quienes posean un seguro de salud o asistencia al viajero deberán derivar el costo del procedimiento a su prestadora, mientras que aquellos desprovistos de cobertura deberán saldar de forma anticipada el importe de la consulta o tratamiento.
En paralelo, la resolución remarca que el sistema mantiene el principio de gratuidad e igualdad para todos los residentes extranjeros permanentes que cuenten con DNI argentino. De igual forma, el protocolo ratifica la obligatoriedad de resolver de manera inmediata y sin trámites previos cualquier urgencia o cuadro médico que comprometa la vida del paciente, independientemente de su estatus migratorio.
Fuentes de la cartera sanitaria aclararon que la normativa busca unificar criterios para el recupero de costos en las distintas dependencias públicas.
